Dos nuevas legislaciones: México y Suecia
México DF
El Distrito Federal de México el pasado agosto aprobó la llamada
ley Trans que permitiría el cambio de identidad genérica en las actas de nacimiento. Este hecho concierne directamente a las personas transexuales, trasngénero y travestis que hoy en día no cuentan con un documento legal que reconozca su verdadera identidad.
Para estar en condiciones de adscribirse a esta ley es necesario tener nacionalidad mexicana, tener mayoría de edad o contar con la aprobación del tutor legal, y haber comenzado un proceso de reasignación sexual, un mínimo de cinco meses atrás.
Sin embargo si bien esta modificación legislativa pretende dar igualdad de derechos para aquellas personas que hoy se encuentran excluidas de la sociedad debido a que no se les reconoce en su identidad, el procedimento implica un alto costo, la suma de mil quinientos cinco pesos mexicanos (aproximadamente 150 dólares), que no está al alcance de buena parte de la población, especialmente si se considera que el sueldo mínimo está alrededor de mil seiscientos pesos, por tanto, una persona pobre o con recursos limitados no podrá acceder a los beneficios de esta legislación, así como cualquiera que no haya nacido en el Distrito Federal o haya sido registrado en él.
Por tanto, estas limitaciones restringuen el número de personas que pueden gozar de este avance en materia legislativa y por tanto habría que relativizar sus alcances.
Suecia
Por otro lado, a raíz de que Thomas Beatie, un hombre transexual, tomó la decisión de gestar una niña debido a que su pareja era estéril, en Suecia se ha presentado una moción para que entre los requisitos que permiten la cirugía de reasignación de sexo se contemple la castración, es decir, la remoción completa de los órganos sexuales. Usualmente esta transformación se hace mediante un procedimiento hormonal, uno de cuyos efectos secundarios es la esterilización natural. Sin embargo, estos procedimentos pueden ser revertidos, como sucedió en el caso de Beatie, a diferencia de la castración que sería un proceso definitivo.
Muchas organizaciones han manifestado su rechazo a esta iniciativa, como la Federación Sueca por los Derechos de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgéneros (RFSL) y debemos esperar que no prospere. Sin embargo, este hecho vendría a reafirmar el concepto de genocidio aplicado por Jeremy Kidd y Tarynn Witten a la población trans, pues además de la violencia sistemática de la que es objeto, para catalogar un acto de genocida es necesario que se desee impedir la reproducción del grupo en cuestión. Un hecho que había sido solapado por las legislaciones con el requisito del tratamiento hormonal mínimo de dos años, cuyo efecto es la esterilización natural, que es en otros casos explícito (Holanda, Austria, Finlandia, Alemania y Bélgica), se podría generalizar con esta iniciativa sueca.
Referencias:
Ley Suecia
http://www.thelocal.se:80/13448/20080802/

